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Mediante un sencillo contrato,
previsto en el artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades. Podrán contratar con la Universidad
Rey Juan Carlos aquellas personas físicas, empresas o entidades
públicas o privadas que soliciten los servicios jurídicos del
Gabinete Jurídico. El Gabinete asignará al profesional
correspondiente en cada uno de los casos..
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